Hola Rodolfo, esto es lo que yo he encontrado con repecto a tu pregunta.
Muchos meses se lleva hablando sobre ella y durante el día de ayer el Ministro del Interior español,
Alfredo Pérez Rubalcaba, presentaba y exponía la nueva
Ley de Seguridad Vial ante su inminente entrada en vigor, por lo que prestar atención a los cambios que se producen. La nueva ley presenta esos cambios en la parte de las sanciones, es decir,
como y cuando se va a sancionar a partir de ahora.Lo primero, y destacar sobre todo por el gran auge que están teniendo,
programar el navegador mientras se conduce pasa a ser ahora una infracción grave. Otra cosa, y que por fin ya iba siendo hora de que se considerada como
infracción muy grave, es la de aparcar en zona de minusválidos, una costumbre
typical spanish que da bastante pena. Pero todas estas sanciones tendrán algo en común, aunque sea también una leve, y es que todas tendrán una cuantía fija y única. Observar:
- Sanción leve: se le aplicarán 100€
- Sanción grave: se le aplicarán 200€
- Sanción muy grave: se le aplicarán 500€ (excepto las infracciones relacionadas con los límites de velocidad).
Si por cualquier motivo somos sancionados, tendremos la oportunidad de acogernos a un
Procedimiento Abreviado (como un juicio penal rápido para entendernos), en el que admitimos sin rechistar nuestra culpa por el acto que hayamos hecho, por lo que como en un acto de generosidad, la Administración
nos reduce en un 50% la cuantía de la multa si la pagamos en los 20 días naturales posteriores a su recepción. ¿Y si no estamos conformes? No hay problema, podremos alegar como hasta ahora,
pero perderemos la reducción del 50% de la multa.Hasta ahora, todas estas multas no prescribían hasta que no había pasado un año, pero ahora la cosa cambia y
se aumenta el tiempo de prescripción hasta los cuatro años. Además, si te llega la multa y haces caso omiso, podrían inmovilizarte o retirarte el vehículo, y si sigues reincidiendo y acumulas hasta cuatro o más sanciones graves o muy graves
no podrás hacer ningún trámite sobre el vehículo. (Si algún abogado nos lee, me gustaría saber hasta que punto esto es legal, el no poder recuperar tu propio vehículo).
Finalmente, la tabla de puntos también ha sido modificada, y por ello
abreviada, pasando de 27 a 20 conceptos que quitan puntos. Dicha decisión se ha tomado para dar cierto aire a las sanciones leves, y centrarse así en las infracciones consideradas graves o muy graves.
Quizás todo esto os parezca así de primeras un poco lioso, pero no os preocupes, la DGT pone a vuestra disposición
un site dentro de la web de la DGT donde podremos leer con detenimiento todos los cambios. Además, se enviará por correo ordinario a todos los españoles, un folleto informativo que contendrá también todos los cambios impuestos.