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 Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración

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Pascu



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MensajeTema: Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración   Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración Icon_minitimeDom 21 Feb 2010, 21:44

Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración Unradar
Una sentencia judicial da la razón a un ciudadano que recurrió una multa impuesta basándose en una foto de radar. El cinemómetro captó y fotografió el coche de esa persona circulando a 103 Km/h ya que alguien lo había programado para detectar excesos de velocidad sobre una limitación de 80 Km/h. Sucedió en la carretera C-17, a la altura del municipio barcelonés de Tagamanent.
¿Por qué triunfó el recurso de este ciudadano? Simplemente, porque el radar estaba mal programado. Atendiendo a la señalización existente por aquel entonces en la vía, era legal circular a 100 Km/h y hasta 120 Km/h en el caso de un turismo o una moto que adelantara a un vehículo que no circulase ya a 100 Km/h.
¿Cómo fue que el conductor sancionado detectó el error? Sencillamente, porque era propietario de una autoescuela y supongo que en cuanto recibió la multa vio que allí fallaba algo. La noticia, publicada el viernes. En el diari comarcal, me hizo esbozar una sonrisa malévola. Temía que esto pudiera acabar pasando…


Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración Paisaje
Ahora el radar que da sentido a la noticia ya no existe. Fue el primer cinemómetro instalado por el Servei Català de Trànsit. Lo emplazaron en 2002 y estuvo activo hasta octubre de 2008. El reportaje publicado en el diario afirma que en 2003, el primer año completo de la utilización del radar, el aparatito cazó a 3.800 vehículos.
La sanción recurrida se impuso en 2006. Por aquel entonces, había una señal de limitación de velocidad a 80Km/h asociada a un peligro por la proximidad de una intersección. Más allá del cruce estaba el radar, calibrado a 80 Km/h. Y esta es la clave de todo el asunto. Ahí hay un error de la Administración de proporciones épicas.Reglamento en mano, dice la explicación de la señal de limitación de velocidad máxima lo siguiente:
Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración R-301+P-1
R-301. Velocidad máxima. Prohibición de circular a velocidad superior, en kilómetros por hora, a la indicada en la señal. Obliga desde el lugar en que esté situada hasta la próxima señal “Fin de limitación de velocidad”, de “Fin de prohibiciones” u otra de “Velocidad máxima”, salvo que esté colocada en el mismo poste que una señal de advertencia de peligro o en el mismo panel que ésta, en cuyo caso la prohibición finaliza cuando termine el peligro señalado. Situada en una vía sin prioridad, deja de tener vigencia al salir de una intersección con una vía con prioridad. Si el límite indicado por la señal coincide con la velocidad máxima permitida para el tipo de vía, recuerda de forma genérica la prohibición de superarla.

Si el radar estaba más allá del cruce, eso quiere decir que la velocidad máxima para la vía ya no era la limitada específicamente a 80 Km/h, sino la genérica de la vía, que para la carretera en cuestión es de 100 Km/h por tener dos carriles en al menos uno de los dos sentidos. Estos son conceptos presentes en cualquier manual de autoescuela y de forma habitual se plantean como preguntas dirigidas a cualquiera que quiera obtener el permiso de conducir dentro de los exámenes de conocimientos generales.
Entonces, quizá habría que preguntarse quién programa los radares, con qué conocimientos cuenta en materia de señalización y bajo qué supervisión realiza su labor. 3.800 conductores sancionados en un solo año no es como para tomárselo a broma. Muchos de esos conductores pagaron por una infracción que no cometieron.
Se da la circunstancia de que conozco la carretera que es el escenario de la noticia. Hace pocos meses culminaron una serie de obras en la zona donde antes estaba el radar. Han mejorado el trazado de la carretera, pero la señalización quedó con algunas incoherencias. Hay limitaciones de velocidad mezcladas con limitaciones de velocidad asociadas a peligros. Hay incorporaciones en las que se informa de que la carretera tiene dos carriles (y por tanto la velocidad legal es de 100 Km/h) aunque unos metros más atrás alguien haya plantado una limitación de 80 Km/h. Recientemente han limitado a 80 Km/h un largo tramo rectilíneo que desde las obras ha funcionado a 100 Km/h sin siniestros. Unos kilómetros más al Norte, en la misma carretera, ahora autovía, hay una incorporación en la que aparece una limitación a 60 Km/h, al cabo de un momento la señal de entrada a la autovía que implica por Ley una velocidad de 120 Km/h y unos metros más allá hay una limitación de 100 Km/h. Con tanto ir y venir de velocidades, como para querer practicar la conducción económica, vamos.
¿Es que no hay nadie que sabiendo lo que significan realmente las señales de tráfico se dé una vuelta en coche cuando acaban los trabajos de señalización de las carreteras? ¿Tanto cuesta dotar de un poco de sentido a los mensajes que envía la Administración a los conductores?
Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración Velocidad
Ahora ya no está ese radar del recurso. Pero de vez en cuando hacen su función unas enormes cajotas móviles y muy visibles que descarga un camioncito a eso de las nueve o las diez de la mañana y que se retiran por la tarde tras haber cumplido con su cometido, sea el que sea. Y siempre que veo las cajas, pienso en cómo se habrán programado los radares que contienen y si habrán tenido en cuenta todo lo que dice la Ley en materia de velocidad. Ahora veo que mis temores no son infundados. Ahora sé que cualquier radar podría suponerme un disgusto aun circulando de forma legal. Sinceramente, no me extraña que ante los radares muchos conductores frenen como posesos. Ya no es que ellos no sepan a qué velocidad tienen que circular. Es que la propia Administración demuestra no saberlo.
Y no, es algo peor todavía. Es que un ciudadano cualquiera tiene que llegar a recurrir de forma judicial algo por lo que se le tendría que caer la cara de vergüenza a quienquiera que desestimara un primer recurso a todas luces acertado. Me parece surrealista que haya que defender una obviedad que está al alcance de cualquier chaval de 17 o 18 años cuando se apunta para examinarse de teórica.
Alguien dirá que no hay para tanto, que al fin y al cabo el propietario de la autoescuela ganó el recurso. Sí, pero no podemos obviar un detalle que da la misma noticia original. Y es que, para recurrir una sanción de 70 euros, el conductor invirtió además de su tiempo casi diez veces ese dinero. Alguien dirá que lo que cuenta es la satisfacción personal de obtener el reconocimiento de la Verdad. Pues no. En mi caso, no. Yo me conformo con que en la Administración se conozcan el Reglamento General de la Circulación y que no me lo discutan hasta el punto de tener que ir a los tribunales. Al menos, que lo conozcan al mismo nivel que se les exige a quienes piden que se les dé permiso para conducir. Y si no se saben la lección, pues que estudien un poco más, ¿no?

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MensajeTema: Re: Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración   Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración Icon_minitimeMiér 24 Feb 2010, 03:37

Después de leer el artículo anterior, quiero contar lo que me pasó, en la primera semana de este mes de febrero del 2010, cuando venía de Redondela, sobre mi moto, un lunes por la tarde.
Circulando por la N-550, a la altura del hotel El Edén, en el municipio de Vilaboa, en dirección a Pontevedra, me encuentro a un radar móvil, casi debajo del viaducto desde donde se accede a la autopista A9, unos 180 m. después del cruce que permite el acceso a dicho hotel y para el que existe una limitación de 60 Km/h. Decir que en la siguiente foto, el coche-radar estaba aparcado entre la farola y el viaducto (delante de las cañas donde se aprecia el barro removido en el arcén, pues parece ser que ya lo ha hecho en alguna otra ocasión).

Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración Dscn9321

Como se puede ver en la segunda foto, si la limitación deja de tener validez una vez que rebasamos el cruce, ¿qué hace el radar casi 200m después de dicho cruce?. Yo tuve la suerte de que no me "pillara" pues delante mía circulaba un vehículo que mediante muchos toques en el pedal del freno me advirtió que allí existía un peligro. Cuando me sitúo a la altura del radar, ¡no me lo podía creer!.

Una de radares y señalizaciones incomprendidas... hasta por la Administración Dscn9323

Decir que una compañera de trabajo no tuvo tanta suerte y la pillaron a 94 Km/h. imponiéndole una sanción de 140 euros y quitándole dos puntos cuando, en realidad, no llegó a cometer ninguna infracción, pues ese tramo estaría limitado a la velocidad máxima de la vía que sería de 100 Km/h. Preocupado por la situación legal de este radar, decidí consultarlo con dos profesores de autoescuela e incluso con un experto de Tráfico; los tres me dieron la razón y ninguno de ellos se explicaba qué hacía el radar allí.
Después de hablar con mi compañera y de entregarle estas dos fotos, se percató de que el plazo para presentar la posible reclamación era de 15 días y no de 30 días, como pensábamos. Ahora ya está resignada a pagar antes de que termine el mes de febrero para beneficiarse, cuando menos, del descuento.
Me pregunto a cuantos cientos de conductores habrán "pillado" es ese punto.

Desde aquí quiero agradecerle al conductor del turismo, que me advirtió del control de velocidad, su compañerismo pues, cuando lo adelanté, aprovechando el carril lento en la subida hacia Figueirido, sacó la mano por la ventanilla con dos de sus dedos en V. Gracias motero.

Víctor_CBF.
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